miércoles, 18 de enero de 2012


VIDA Y OBRA DE SAN RAIMUNDO DE PEÑAFORT O.P.



José Antonio Rumoroso Rodríguez

Universidad la Salle

Filosofía

México D.F.



St. Raymond of Peñafort O.P., is undoubtedly and important figure in the history of the medieval church. It was the most trusted man of the Apostolic See in Cataluña. It was also the intimate adviser of the best prelates of the country, the consultant a few people and church entities.

Fray Raymond is an example of true heroism and selflessness at work admirable model of charity and kindly solicitude for those in need of his advice, his decision or support as a jurist.



San Raimundo de Peñafort O.P., es sin duda una figura importante en la historia de la Iglesia medieval. Fue el hombre de mayor confianza de la Sede Apostólica en Cataluña. Era también el asesor íntimo de los mejores prelados del país, el consultor de no pocas personas y entidades eclesiásticas.

Fray Raimundo constituye un ejemplo de abnegación y de verdadero heroísmo en el trabajo; modelo admirable de caridad y de bondadoso desvelo para cuantos necesitaban de su consejo, de su decisión o de su apoyo como jurista.



I. VIDA Y OBRA DE SAN RAIMUNDO DE PEÑAFORT O.P.



“Oh Dios, que diste a San Raimundo de Peñafort una entrañable misericordia para con los cautivos y los pecadores, concédenos por su intercesión que, rotas las cadenas del pecado, nos sintamos libres para cumplir tu divina voluntad”.

(Misal Romano Oración Colecta)



1. Nacimiento, juventud y Doctor en Derecho



Alrededor del año 1185 en el caserío feudal de Peñafort, situado en la comarca del Penedés (Barcelona), cerca de Villafranca, nace Raimundo. Sus padres pertenecían a la nobleza. Su padre militar, oficio bastante corriente entonces en el Principado de Cataluña, pueblo conquistador, que poco a poco iba arrebatando a los sarracenos invasores amplias zonas del mediodía Peninsular.

Transcurrida su niñez, Raimundo fue trasladado a Barcelona para ser educado en las aulas de la Escuela Catedralicia. Ya desde muy joven mostró su inclinación por la vida clerical, y pronto le cautivó la carrera del Derecho. Terminados los estudios de la carrera clerical fue ordenado sacerdote y su Obispo lo envió a Bolonia, en el año 1211, para que se doctorara en Derecho en la más famosa Universidad medieval en la ciencia jurídica.

Obtenido el grado de doctor, permaneció como profesor en la universidad, adquiriendo notable prestigio en sus clases, frecuentadas por una gran afluencia de alumnos.

En 1219, Don Berenguer de Palou, Obispo de Barcelona, de regreso de una visita a Roma, pasó por Bolonia con el propósito de llevarse al maestro Raimundo a la Ciudad Condal. En Bolonia, el Obispo pidió a Fray Domingo de Guzmán religiosos de su Orden, recién fundada, para establecer un Convento en su Ciudad; el Santo Fundador accedió a tal petición. Raimundo llega a Barcelona, y pronto alcanza prestigio como un hombre íntegro y muy entendido en la ciencia jurídica.

Según la tradición, fue investido canónigo de la catedral y profesor de Derecho en la Escuela Catedralicia. Era un hombre relativamente joven, con un gran porvenir humano en perspectiva, y más teniendo en cuenta su vida piadosa y su gran disposición de servicio.

2. Raimundo, Fraile Predicador

Durante su estancia en Bolonia Raimundo había conocido la naciente Orden de Predicadores, fundada por el español Domingo de Caleruega, tan alabada por los Papas Inocencio III y Honorio III. Probablemente conoció en Bolonia a Fray Domingo y se interesó por el carisma de aquellos frailes que iban a Barcelona a fundar un Convento; se había interesado por su dedicación a la oración y al estudio para la predicación, por sus observancias ascéticas y tenor de vida de pobreza que le convencían sinceramente. Después de meditarlo, Raimundo pidió vestir el blanco hábito dominicano en el Convento de Santa Catalina de Barcelona.

El "Libro de Profesiones" del Convento reseña brevemente: "Y mientras estaban en dicha casa entró en la Orden Fray Raimundo de Peñafort el año del Señor 1222 (o 1223), el día de Parasceve (Viernes Santo)". Decía Fray Raimundo que cuando el entró en la Orden, los frailes estaban en Barcelona hacía tres años.

El Maestro en Derecho llegaba a la Orden cuando tenía más de 30 años, con el alma abierta, con hambre de oración y de estudio, caracterizándose por su formación jurídica y teológica, su prudencia y su sed de evangelizar, que lo configuraron como ma¬estro de gobernantes, consejero de prelados, reyes, nobles y vasallos.

Durante cinco años permaneció Fray Raimundo en el Convento de Santa Catalina de la Ciudad Condal, dedicado a la oración, al estudio y al ministerio sacerdotal. Durante estos años escribió una obra que le dio prestigio universal como jurista y como moralista: la Suma de Penitencia ("Summa de casibus paenitentialibus”), que la posteridad titulara como Suma Raymundiana. Obra muy original que fue objeto de comentarios, glosas, resúmenes, de los que se conservan innumerables ejemplares en los archivos de Europa.

En el año 1259, cuando Fray Alberto Magno O.P. y Fray Tomas de Aquino O.P. redactaron el programa de estudios para los frailes de la Orden, recomendaron la Suma Raymundiana a todos los Conventos, como libro de texto para las lecciones diarias.

3. En la Curia Pontificia. “Las Decretales”

1 ° En 1228 Fray Raimundo llegó a Barcelona el Cardenal d'Abbeville, Legado Pontificio de Gregorio IX, para aplicar las normas del Concilio Lateranense IV, celebrado en 1215, en todos los Reinos de la Península Ibérica, libres de la dominación musulmana.

Al buscar colaboradores para su misión, el Obispo de Barcelona le recomendó a Fray Raimundo, como hombre experto en Leyes, y como apóstol excelente. Acompañando al Legado, Fray Raimundo visita las diócesis de Castilla, León, Galicia y Portugal, y después las de Navarra, Aragón y Cataluña, dictando órdenes concretas para la reforma de Cabildos Catedralicios, parroquias, monasterios y abadías. El Cardenal tuvo que intervenir en la disolución del matrimonio del Rey Don Jaime I, el Conquistador, con Doña Blanca de Castilla. El documento jurídico lo redacto Fray Raimundo. De ahí nació la confianza plena que el Rey Conquistador deposito en nuestro fraile, al que eligió como confesor y asesor suyo hasta la muerte.

Cuando el Cardenal Legado regreso a Roma, informo a Gregorio IX, ponderando la ayuda prestada por Fray Raimundo. El Papa lo llamó a la Curia para encomendarle laboriosas e importantes tareas al servicio de la Iglesia.

2° En el año 1230. Fray Raimundo acude a Roma, y el Papa deposita en él toda su confianza, nombrándolo su capellán y confesor, así como Penitenciario Apostólico.

Pero, además, el Papa le encarga una obra titánica, capaz de entretener al perito más consumado durante mucho tiempo. Se trataba de recopilar y ordenar todos los Decretos de la Santa Sede con fuerza de Ley para el gobierno de la Iglesia. La labor le entretuvo durante cuatro años, sin dejar de atender los otros oficios. La obra se llamó Las Decretales, cuya vigencia duro casi siete siglos, hasta la promulgación del Código de Derecho Canónico, hecha por Benedicto XV en 1919.

Al finalizar este trabajo, quedo vacante el Arzobispado de Tarragona. El Papa designo como Arzobispo Metropolitano de aquella importante Sede a Fray Raimundo. Mas el nombramiento le sentó tan mal, que fue presa de altísimas fiebres durante tres días. Hasta que el Papa le libero de la carga, pidiéndole le diera el nombre de un sacerdote digno y capaz. El Santo le propuso a Don Guillermo de Montgrí, a quien Gregorio IX nombro Arzobispo de Tarragona.


4. Regreso a su Convento de Barcelona



Dos años todavía, hasta 1236, permaneció en la Curia Romana. Pero el trabajo, la oración y el estudio lo dejaron tan desvalido que los médicos diagnosticaron que su vida corría peligro, a no ser que dejara sus ocupaciones y regresara al clima nativo. El Papa sintió desprenderse de su fiel servidor. Pero no tuvo más remedio. Apenas llegado a la Ciudad Condal, el Rey Don Jaime lo convoca a las Cortes que se iban a celebrar en Monzón, cuyos temas a tratar eran vitales para la Corona.

Pero lo que más ocupa y preocupa a nuestro fraile son las encomiendas que le impone el Papa, misiones confidenciales y delicadas para reconciliar a personas nobles y al mismo Rey con la Iglesia, aceptar renuncias y nombrar obispos, o nuevos abades para distintos monasterios, entre otros encargos pontificios.

Fray Raimundo, predica, confiesa, visita enfermos, aconseja e interviene como árbitro pacificador en muchas querellas.



5. Maestro General de la Orden de Predicadores


Fray Jordán de Sajonia, sucesor de Santo Domingo de Guzmán en el gobierno de la Orden, muere trágicamente el 13 de febrero de 1237 en un naufragio en viaje a Tierra Santa. Era Maestro General desde 1222. Hombre de recia personalidad y con extraordinarias dotes de gobierno, en los quince años de su gestión al frente de la Orden se habían fundado más de 200 Conventos, y era voz común que había traído a la Orden más de un millar de vocaciones.

Sustituir al Maestro Jordán era difícil. La Orden gozaba de esplendor y vida en toda Europa. El Capítulo electivo se celebraba en Bolonia, en el año 1238. Los electores no acababan en ponerse de acuerdo sobre el candidato para nuevo Maestro. Pero un día, después de orar todos ante la tumba del Padre Domingo, recientemente canonizado por el Papa Gregorio IX, se reunieron los frailes en la sala capitular y por unanimidad resultó electo Fray Raimun¬do de Peñafort. Todos sabían el aprecio que por él sentía el Papa, y todos conocían las obras que había publicado. El electo estaba en su Convento de Barcelona, muy ajeno a lo que ocurría en Bolonia. Cuando llego la comisión del Capítulo a comunicarle el resultado de la elección, Fray Raimundo quedó sorprendido y quiso renunciar. Pero, al fin, aceptó, convencido de que era la voluntad de Dios.

Durante su gestión como Maestro, su tarea primordial fue la redacción de las Constituciones de la Orden, que duraron casi siete siglos. Estaba acostumbrado a organizar metódicamente la Ley y a sistematizar el cuerpo jurídico disperso. En 1239, al año de ser elegido, presentó al Capitulo General de Paris, el nuevo y definitivo texto, que fue aprobado.

A los dos años de Maestro General, renunció al cargo por razones de salud. Tenía más de cincuenta años de edad y se retira a su Convento de Barcelona para prepararse según dijo a bien morir, aunque esta preparación durara más de treinta años.



6. Última etapa de su vida



Fue la época más fecunda de su ministerio y predicación. En cartas al Rey le refiere sus continuas dolencias. A pesar de ellas, trabaja con fuerza.

A Fray Raimundo le preocupaba la gente sencilla que por aquellos días era presa fácil de los albigenses, que deslumbraban por sus prácticas ascéticas, de orientación maniqueísta, que poco a poco tomaban fuerza en la diócesis de la Seo de Urgell. Es por ello que Fray Raimundo insistió en la formación de los predicadores católicos.

Por otra parte, en los territorios meridionales de la Península Ibérica, en las zonas reconquistadas por el Rey Jaime I, quedaban muchos grupos de moros y judíos fanáticos de sus creencias religiosas y de sus idiomas. Es por ello que Fray Raimundo promovió la fundación de escuelas de árabe y de hebreo en distintos lugares, como en Barcelona, Valencia, Játiva, Murcia y Túnez, en las que se preparaban un buen número de religiosos para predicar y rebatir, en su propio idioma, los errores de moros y judíos.

La carrera humana de Fray Raimundo estaba llegando a su fin. Rodeado de frailes de su comunidad, que le acompañaban y rebasados los 90 años de edad, muere el día 6 de enero de 1275, festividad de la Epifanía, a media tarde.

Fue canonizado por el Papa Clemente VIII, el 29 de abril de 1601. El 14 de julio de 1648 fue declarado Patrono de la ciudad de Barcelona.


II. SAN RAIMUNDO DE PEÑAFORT O.P. PATRONO DE LOS JURISTAS

“Exhibirá tu justicia como la luz, Y tu derecho como el mediodía”.

(Salmo 37:6)

1. Las "Decretales"


El Maestro de Peñafort dedicó toda su vida al estudio y aplicación del Derecho. En una sociedad teocrática, como era la Edad Media europea del siglo XIII, el Derecho Civil y el Eclesiástico estaban íntimamente vinculados.

El Maestro en Derecho tenía que estar impuesto en las leyes que regían la vida de la Iglesia, pero, además, en las leyes que regían la sociedad civil, siempre subordinada a la Iglesia. De hecho, pues, había un solo Derecho que, entroncado en el Derecho natural, compendiado en el Decálogo, se explicitaba en el Derecho Eclesiástico, que regulaba la sociedad eclesial en su vertiente sagrada y en la civil.

Fray Raimundo de Peñafort, Doctor en derecho por la Universidad de Bolonia, fue el jurista práctico más destacado de toda la Edad Media, el que llevo a cabo el código básico de todas las leyes que habían dado los Papas hasta entonces. En la enseñanza y en el manejo practico de la ley para su aplicación se tenía que recurrir a seis colecciones diferentes, todas incompletas: el "Decreto de Graciano" y otras cinco compilaciones, de las que solo dos eran oficiales, aunque incompletas. Los decretos papales estaban disperses y desordenados. Algunos de ellos eran muy largos y abundantes en consideraciones marginales y reiterativas.

La metodología de Fray Raimundo fue ordenarlos por materias y, dentro de cada materia, clasificarlos por temas y por importancia, resumiendo los Decretos más largos. Aplicó un sentido muy claro, de la jurisprudencia y redujo a términos precisos lo confuso y lo que estaba disperso.

La obra de compilar todos los Decretos era titánica y le ocupó cuatro años de trabajo. Es posible que tuviera un equipo de colaboradores, o "secretarios", escribientes, pero la revisión final y definitiva la hizo el Maestro Fray Raimundo.

Esta obra es suficiente para declarar emérito a su autor, que fue "benefactor universal" para centenares de miles de profesionales del Derecho que, a lo largo de siete siglos, han recurrido a ella como fuente para estudiar, lo que no podían encontrar sin su ayuda.



2. El estilo del jurista Fray Raimundo



Muchos son los casos en los que Fray Raimundo tuvo que intervenir para aplicar el peso de la ley sobre judíos o sarracenos, con la autoridad que le daban el Papa o el Rey, pero nunca condenó a nadie ni a la pena capital, ni a prisión perpetua. Siempre aplicaba penas de instrucción, intentando llegar a convicciones profundas, que llevaran a fieles e infieles a la conversión o al cambio de vida y de costumbres.

Fray Raimundo tenía muy en claro que el compromiso ético que tiene el juez no sólo es con la justicia, sino con la sociedad misma que ha depositado en él toda su confianza. El juzgador en su compleja labor tiene una carga significativa en cuanto a los distintos valores que se ponen en juego en un caso en concreto, teniendo muy por alto que el juez debe buscar la imparcialidad como esa causa eficiente para lograr así alcanzar como causa final la justicia.

San Raimundo de Peñafort es "Patrono de los Juristas", por su estilo de manejar y de aplicar la ciencia del Derecho en todos los casos que se le presentaban y tenía que resolver, para él, el ejercicio del jurista no era el de un funcionario frío, que aplica la ley descarnadamente, haciendo caso omiso de las circunstancias personales del ser humano o de la colectividad que tenía delante, sino que ponderaba pausadamente todas las situaciones del ser humano que tenía que juzgar, por sus "actos humanos". Intentaba siempre aplicar el principio del bien justo y común, mirando al ser humano que juzgaba, con las circunstancias, agravantes, atenuantes o eximentes, buscando siempre favorecer al reo, sobre todo cuando concurría la ignorancia o la falta de formación o de información de la ley.


3. Fray Raimundo varón insobornable



San Raimundo de Peñafort es "Patrono de los juristas", porque como juez nunca se dejó sobornar ni por dinero, ni por favores personales, ni por prebendas que pudieran ofrecerle las partes litigantes. Era un hombre ecuánime y recto, que daba la razón a quien entendía que la tenía, sin dejarse llevar por simpatías ni por amistades, ni por jerarquías o recomendaciones. Podía proclamar bien alto que siempre busco lo justo, sin dejarse presionar por la condición social o religiosa de los que acudían a él en busca de justicia. En el área de la justicia no se pueden hacer favores a nadie, sino buscar siempre lo debido, lo que es justo.

Fray Raimundo fue siempre un juez justo. Para serlo, estudiaba constantemente, pero, sobre todo, oraba al Señor para tener la mente clara y liberada de cualquier presión pasional. Por lo mismo, porque se sentía débil y falible, consultaba a las personas ecuánimes que tenía a mano y se dejaba aconsejar por las personas virtuosas. Con lo anterior, resulta evidente que el santo siempre se encontró frente al dilema del juzgador que estribaba en determinar qué es lo correcto, qué se debe hacer: ¿Conceder o negar la audiencia solicitada? Lo correcto será que en el caso de que el juzgador, analizando la situación concediera la audiencia privada, y su deber para no perder la imparcialidad consistirá en ofrecer la misma audiencia a todas y cada una de las partes incluyendo a los abogados, para evitar así conflicto alguno entre ellos argumentando y poniendo en tela de juicio la imparcialidad del juzgador en relación con una de las partes en litigio.



III. CONSEJOS QUE DARIA HOY SAN RAIMUNDO A LOS QUE JUZGAN

Iura novit curia: “El juez conoce el Derecho”



1. Juzgar, sentenciar



El juicio es un acto humano al que no podemos renunciar, porque es un elemento humano necesario para la elección entre el "bien frente al mal" y para "la elección de lo mejor o más perfecto frente a lo bueno".

Para esta elección del bien o de lo mejor, los seres humanos podemos juzgar los actos y hechos humanos propios, y los de nuestros semejantes, y comprobar lo que hacemos bien o lo que hacemos de modo incorrecto en conformidad o disconformidad con el Derecho natural, o con el Derecho positivo, público o privado.

La Sentencia es el acto más importante de la función jurisdiccional, toda vez que constituye el punto culminante de todo proceso, que consiste en aplicar el derecho al caso sometido a la consideración de los órganos encargados de la misma, es la decisión que corresponda en la relación procesal, y constituye el resultado entre la acción intentada que dará satisfacción en su caso a la pretensión del juicio .

El rol social del juez no depende tanto de un contenido objetivo sino de interpretar y presentar como la realidad objetiva el caso concreto en orden a una finalidad.

En tal orden de ideas, resulta compleja la profesión de Juez, no solo porque los seres humanos somos falibles, sino porque podemos engañar a quienes tienen por oficio buscar la verdad y darla a conocer a la autoridad, que es la que aplica el castigo. Todos sabemos que un juez digno no se rinde fácilmente. Pero también sabemos que la naturaleza humana no es invencible, y puede claudicar ante presiones halagüeñas, más que ante amenazas vengativas.

Es por ello que Fray Raimundo ejerció siempre su oficio de juez con exquisita ponderación sobre las condiciones de las personas a quienes juzgaba.



2. San Raimundo de Peñafort modelo de las virtudes éticas de los jueces



San Raimundo no aconsejaría a nadie que se abstuviera de juzgar. Porque una cosa es juzgar y otra condenar. El juzgo mucho en su vida, enjuiciándose a sí mismo, y juzgando la conducta de los demás. Para consigo mismo dictaba sentencias y castigaba su cuerpo con severas penitencias, para reparar ante Dios por lo que había obrado mal, o menos perfectamente.

Pero cuando juzgaba a los demás (y tuvo que enjuiciarlos muchas veces), aunque sentenciaba una conducta incorrecta con la ley, se abstenía de condenar, buscando siempre las razones atenuantes o eximentes del delito para reducir la aplicación de la pena.

Ya desde los tiempos del Santo el desempeño de la profesión judicial implicaba poner en práctica las virtudes del jurista (que entre ellas se enlazan): imparcialidad, equidad, congruencia serenidad reflexiva y humildad. Toda vez que en el Derecho no sólo hay que ver un conjunto de órdenes, prohibiciones y mandatos, sino también un deseo de alcanzar la justicia. Por ello es necesario distinguir con claridad entre derecho y poder. Entre derecho y arbitrariedad, toda vez que los juristas deben sentirse no sólo servidores del derecho, sino también servidores de la justicia y la imparcialidad.

La justicia es sin duda alguna el fin último del derecho, pero en su esencia, ha sido y será el sustento de toda evolución jurídica; la justicia es la concreción de la voluntad de dar a cada quien lo suyo2, o bien la propuesta de Aristóteles en la Ética a Nicómaco: “es la virtud por la que cada uno tiene lo propio según la ley”3.

El deber se deriva de la justicia y en concreto de la justicia distributiva, la cual se basa en la búsqueda de la igualdad e imparcialidad de todos los ciudadanos, para lograr esa anhelada justicia, se requiere que el juez cuente con virtudes, además de una probada vocación, apostolado, pasión de jurista y dedicación de tiempo completo.

Aplicar la norma jurídica al caso concreto como acción del juzgador, requiere de muy diversas cualidades: Además del conocimiento adquirido en las aulas, se requiere revitalizarlo constantemente con el estudio y la práctica profesional; la serenidad, producto del equilibrio de las pasiones, asimilando las positivas y desechando las negativas; la probidad, cuestión de principio, implícita en la personalidad del ser y que debe manifestarse de continuo, en todos los actos del juzgador, en la vida pública y privada, en sus resoluciones y sentencias; la imparcialidad, que sólo puede ser producto de juicios críticos racionales reflejados en los fallos que dicte, que no debe el juzgador olvidar, puesto que en la frialdad de la aplicación de la norma no deben desatender que se juzga a seres humanos.

Desde siempre; el Juez ha sido presa de presiones, que ya sea por la fuerza económica o política tratan de doblegar la imparcialidad y lograr las ventajas y beneficios al que no le corresponde. Pero estas presiones aumentan en mayor medida cuando existe una relación de dirección como es el caso del juzgador, pero éste nunca deberá perder de vista su alta y noble misión de impartir justicia, toda vez que para el nombramiento de un juez se ha tomado en cuenta no sólo su capacidad y méritos profesionales, sino también su probada honestidad y rectitud, apoyados fundamentalmente en la carrera judicial, prevaleciendo los valores o virtudes de eficacia y la honradez en la impartición de justicia, que sin lugar a dudas son virtudes que deben prevalecer en su escala axiológica y ética, y que permitirán a los justiciables tener fe en el derecho y en sus órganos de justicia, evitando que la corrupción y degradación se institucionalicen y afecten la figura del juez y el juzgar como la virtud tan excelsa como la justicia misma.





CONCLUSIONES




• San Raimundo tuvo que intervenir muchas veces en pleitos entre vasallos y señores, entre monasterios y obispados, entre moros y judíos contra cristianos. Todos pedían que fuera el juez, porque tenían en él la confianza del hombre honrado, fiel y desapasionado.

• Que las enseñanzas de San Raimundo de Peñafort se constituyan como la causa ejemplar en todos los juzgadores para alcanzar con su profesión su finalidad de impartir justicia, y resaltar su responsabilidad pública y social en el cargo que dignamente detentan.

• Que la administración de la justicia a imitación de San Raimundo de Peñafort sea impartida por jueces con autoridad moral que garanticen una justicia accesible, completa, previsible, pronta e imparcial, basada en la letra o en la interpretación jurídica de la ley y, a falta de esta, en los principios generales de Derecho, sin que se privilegie a cualquier otro interés.


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